DECRETO Nº 1646/24 - Ampliación Cementerio Municipal
DECRETO Nº 1646/24
VISTO:
• La necesidad de proyectar la ampliación del Cementerio Municipal; y:
CONSIDERANDO:
• Que la Ordenanza Nº 1540/19, en su Art. 1º, establece que los cementerios habilitados de la ciudad podrán ampliar sus superficies mediante aprobación del Concejo Municipal.
• Que para ello es necesario elaborar un plano de expansión destinando el terreno adecuado para tal fin.
• Que existe un lote remanente de 100 x 100 metros ubicado al oeste del Cementerio Municipal y que forma parte del mismo terreno, identificado como Lote Rural 172 - Sección 01 - Manzana 0250 - Parcela 1 del plano mensura confeccionado por el Ing. Lucio R. Ojeda e inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Dirección de Topocartografía de la Provincia de Santa Fe (Partida Inmobiliaria 03 08 01 0250 00001), lindante al norte con el terreno de Manuel y Roberto Galmarini, al este con el resto del mismo predio municipal, al sur con el Bv. Brown, y al oeste con futura prolongación calle Tibaldo.
• Que mediante la Ordenanza Nº 1463/18, una parcela de 40 x 40 metros de ese lote, ubicada en el extremo noroeste, fue entregada en comodato a la Asociación Mutual del Magisterio de Santa Fe “Angelita Peralta Pino” para el emplazamiento de la planta transmisora de la FM 97.7 “Radio EME”.
• Que el resto del predio actualmente está destinado a un depósito de desechos de materiales de construcción y a una toma y tanque de agua para el servicio de riego de calles.
POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:
D E C R E T A
• Artículo 1º. Dispóngase que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos Municipal se elabore un plano de expansión del Cementerio Municipal en el lote remanente de 100 x 100 metros ubicado al oeste y que forma parte del mismo terreno, identificado como Lote Rural 172 - Sección 01 - Manzana 0250 - Parcela 1 del plano mensura confeccionado por el Ing. Lucio R. Ojeda e inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Dirección de Topocartografía de la Provincia de Santa Fe (Partida Inmobiliaria 03 08 01 0250 00001), lindante al norte con el terreno de Manuel y Roberto Galmarini, al este con el resto del mismo predio municipal, al sur con el Bv. Brown, y al oeste con futura prolongación calle Tibaldo.
• Artículo 2º. Inclúyase en su diseño los sectores destinados a accesos, calles y/o pasillos interiores y exteriores, cerramientos, baterías de nichos, panteones y tumbas, depósitos, espacios verdes, provisión de servicios y demás aspectos propios de un campo santo.
• Artículo 3º. Considérese que en el lote referido existe una parcela de 40 x 40 metros ubicada en el extremo noroeste, cedido mediante comodato a la Asociación Mutual del Magisterio de Santa Fe “Angelita Peralta Pino”, el que mantendrá su vigencia en base a lo establecido en la Ordenanza Nº 1463/18.
• Artículo 4º. Diséñese un plan de reubicación del depósito de desechos de materiales de construcción y de la toma y tanque de agua para el servicio de riego de calles existentes en el lugar, con el fin de liberar el uso del lote destinado a la ampliación del Cementerio Municipal.
• Artículo 5º. Establézcase que una vez elaborado el plano correspondiente sea presentado al Concejo Municipal mediante un Proyecto de Ordenanza para su aprobación.
• Artículo 6º. Comuníquese, regístrese y archívese.
DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 24 DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2024.
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