RESOLUCIÓN Nº 01-0009/24 - Prórroga concesión Centro de RTO

RESOLUCIÓN Nº 01-0009/24

VISTO:
• El vencimiento del plazo de contratación a la firma Bosch Marcelo Horacio (CUIT Nº 20-17479531-3) para la concesión del Centro de Revisión Técnica Obligatoria de Villa Ocampo; y,

CONSIDERANDO:
• Que mediante la Ordenanza Nº 1129/12 se autorizó a suscribir el Convenio de Delegación entre la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV), la Municipalidad de Villa Ocampo y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) para la implementación del Servicio de Revisión Técnica Vehicular (Art. 7º de la Ley Provincial Nº 13.133; Art. 3º del Decreto Provincial Nº 869/09 y su modificatorio Decreto Provincial Nº 409/13; y Resolución de la APSV Nº 0012/12); y al llamado a Licitación Pública Nacional Nº 01/2012 para su concreción.
• Que el referido Convenio de Delegación se rubricó el 27 de abril de 2012; el cual se encuentra registrado bajo el Nº 4920, Folio Nº 164, Tomo IX del Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales.
• Que llevado a cabo el proceso licitatorio y como resultado del mismo, con fecha 4 de julio de 2013 se firmó el correspondiente Contrato de Concesión del Servicio de Revisión Técnica Obligatoria con Marcelo Horacio Bosch (DNI Nº 17.479.531)
• Que en el Art. 3º del mencionado Contrato de Concesión se establece que el plazo del mismo será por un período de 120 (ciento veinte) meses, contado a partir de la fecha de efectivo inicio de la prestación del servicio; mientras que el Art. 4º comprende una opción de prórroga otorgada por la Contratante, en las mismas condiciones, por términos que no excederán de 6 (seis) meses, con una totalidad que no superarán los 24 (veinticuatro) meses.
• Que en el Art. 3º del pliego de la Licitación Pública Nacional Nº 01/2012 se estableció el mismo plazo de 24 (veinticuatro) meses para la opción de prórroga de la Concesión, siempre que el Municipio y la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) consideren conveniente su renovación total o parcial, en base a la eficiencia del servicio prestado.
• Que mediante la Resolución Nº 4213/14 se otorgó la habilitación municipal para la “Prestación de Servicios de Inspección Técnica Vehicular” a la firma Bosch Marcelo Horacio (Expediente Nº 766/14), con inicio de actividades el 16 de junio de 2014.
• Que mediante la Resolución de la APSV Nº 0057/2014 se habilitó a la Municipalidad de Villa Ocampo a prestar el Servicio de Revisión Técnica Vehicular Obligatoria (RTO) Provincial, a través del Centro de RTO denominado Bosch Marcelo Horacio.
• Que en fecha 8 de julio de 2014 se llevó a cabo el acto inaugural del Centro de Revisión Técnica Obligatoria de Villa Ocampo; cuyo plazo de contrato de 120 (ciento veinte) meses se cumple en el día de la fecha.
• Que con fecha 17 de junio de 2021, a través de la Disposición Nº 2021-441, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) lo registró como taller habilitado para prestar el servicio de Revisión Técnica Obligatoria a vehículos de uso particular, en el marco del Sistema Nacional de Revisión Técnica Obligatoria.
• Que no existe por parte de la Municipalidad de Villa Ocampo ni de la Agencia Provincial de Seguridad Vial objeción alguna a la prestación del servicio que brinda la firma Bosch Marcelo Horacio.
• Que, además del necesario y valioso servicio que brinda a la región, es necesario reconocer también la inversión realizada y los puestos laborales generados por el empresa; manteniendo desde el momento de su puesta en funcionamiento una eficiente y buena calidad de atención.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS, EMITE LA SIGUIENTE:

R E S O L U C I Ó N

• Artículo 1º. Prorróguese por el plazo de 24 (veinticuatro) meses, con vencimiento el 8 de julio de 2026, y en las mismas condiciones, el Contrato de Concesión del Servicio de Revisión Técnica Obligatoria a la firma Bosch Marcelo Horacio (CUIT Nº 20-17479531-3); habilitado mediante Resolución de la APSV Nº 0057/2014.
• Artículo 2º. Notifíquese a la empresa concesionaria y a la Agencia Provincial de Seguridad Vial para su conocimiento y efecto.
• Artículo 3º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 8 DÍAS DEL MES DE JULIO DE 2024.

  • Creado el

RESOLUCIÓN Nº 01-0006/24 - Nombre Alexis Nocenti a la edición 2024 del Campeonato de Vóley

RESOLUCIÓN Nº 01-0006/24

VISTO:
• La realización del 33º Campeonato Interprovincial y 26º Internacional de Vóley “Copa Ciudad de Villa Ocampo”, a llevarse a cabo del 11 al 14 de julio del presente; y,

CONSIDERANDO:
• Que de común acuerdo con la Asociación Bomberos Voluntarios de Villa Ocampo, entidad concesionaria de la organización y explotación del mencionado evento, se resolvió incorporarle por única vez el nombre de “Alexis Nocenti” a la denominación del mismo; como homenaje a uno de los jugadores de vóley de mayor trayectoria surgido en nuestra ciudad, fallecido el 23 de octubre de 2023, a la temprana edad de 33 años.
• Que sus comienzos en este deporte fue en Bomberos Vóley, destacándose desde niño por su gran talento; y como jugador profesional en las Ligas A1 y A2 de nuestro país y clubes internacionales, integró los equipos de Gimnasia y Esgrima de Santa Fe, Regatas de Corrientes, Metropolitano A.V.N.S., Fundación Jujuy Vóley, Puerto Gral. San Martín, River Plate, Alianza de Jesús María, San Martín de Formosa, Policial de Formosa, Paracao de Paraná, Excelsior y Doñigue de Chile, Sport Venezuela de Paraguay; finalizando su carrera como jugador y entrenador en Atlético Adelante de Reconquista.
• Que siendo considerada Villa Ocampo como “Capital del Vóley Juvenil” es necesario resaltar para la actual y futuras generaciones de jóvenes su ejemplo de esfuerzo, compromiso, entrega, solidaridad, pasión y perseverancia, demostrado dentro y fuera de las canchas del deporte que tanto lo apasionó.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS, EMITE LA SIGUIENTE:

R E S O L U C I Ó N

• Artículo 1º. Incorpórese como única vez el nombre de “Alexis Nocenti” a la edición 2024 del 33º Campeonato Interprovincial y 26º Internacional de Vóley, que se denominará: “Copa Ciudad de Villa Ocampo – Alexis Nocenti”, en reconocimiento a la amplia y reconocida trayectoria nacional e internacional de quien fuera un destacado deportista oriundo de nuestra ciudad.
• Artículo 2º. Entréguese copia a los familiares de Alexis Nocenti y a la Asociación Bomberos Voluntarios de Villa Ocampo; y léase en el acto inaugural del referido evento deportivo.
• Artículo 3º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 11 DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2024.

  • Creado el

RESOLUCIÓN Nº 01-0003/24 - Rechaza Recurso de Reconsideración designación responsable de las castraciones

RESOLUCIÓN Nº 01-0003/24

VISTO:
• El Recurso de Reconsideración presentado el 29/4/2024 por los concejales Gustavo Volkart y María Belén Zoloaga contra el Decreto Municipal N° 1638/24 referido a la designación del agente municipal Duilio Bled como profesional responsable de la Campaña 2024 del Programa Municipal de Equilibrio Poblacional de Perros y Gatos.; y,

CONSIDERANDO:
• Que sin entrar a analizar el fondo de la cuestión, los concejales no tienen legitimación para plantear un recurso de reconsideración, pues no son afectados por la normativa que atacan. Así lo ha entendido la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, en la causa Romero c/ Municipalidad del Trébol (23/5/2021), al decir: “No puede sostenerse la tesis del actor que asegura contar con suficiente legitimación para interponer recurso contencioso de ilegitimidad contra una decisión municipal por detentar el cargo de concejal de la misma municipalidad, porque ello no encuentra sustento en el carácter representativo que tiene la función de gobierno. Antes bien, es claro que las atribuciones para el cargo para el que fue elegido se encuentran enmarcadas por la Constitución provincial en general y por la Ley Nº 2756 en particular”.
• Que, no surge de la letra de la ley ni de su interpretación armónica que los concejales tengan facultades suficientes para atacar un acto de otro poder del Estado, que no sea mediante los mecanismos institucionales como la citación, pedidos de informe, minutas, etcétera, que dispone el cuerpo legal que sustenta el desenvolvimiento del órgano legislativo local.
• Que, si bien la ley se reputa conocido por todos (Art. 8º, Código Civil y Comercial), una diligencia mayor se espera de aquellas personas que la ciudadanía ha elegido para representarlos justamente en un órgano encargado de formular la normativa que rige sus vidas y sus conductas.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS, EMITE LA SIGUIENTE:

R E S O L U C I Ó N

• Artículo 1º. Rechácese el Recurso de Reconsideración presentado el 29/4/2024 por los concejales Gustavo Volkart y María Belén Zoloaga contra Decreto Nº 1638/24, por carecer los presentantes de legitimación legal para su interposición.
• Artículo 2º. Envíese copia al Concejo Municipal para su conocimiento y efecto.
• Artículo 3º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 14 DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2024.

  • Creado el

RESOLUCIÓN Nº 01-0004/24 - Concurso de Precios venta automóvil Renault Megane II

RESOLUCIÓN Nº 01-0004/24

VISTO:
• La necesidad de poner a la venta el automóvil Renault Megane II, año 2008, dominio HMT 335; y,

CONSIDERANDO:
• Que mediante la Ordenanza Nº 1083/11 se autorizó al Ejecutivo Municipal a enajenar el mencionado vehículo.
• Que, no obstante ello, el mismo continuó prestando servicios a distintas áreas del municipio.
• Que actualmente cumplió su vida útil y resulta inconveniente económica y técnicamente seguir manteniéndolo.
• Que corresponde ponerlo a la venta en las condiciones en que se encuentra, mediante el sistema de Concurso Público de Precios; con valor de base y presentación de propuestas a través de sobres cerrados.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS, EMITE LA SIGUIENTE:

R E S O L U C I Ó N

• Artículo 1º. Ábrase el Concurso Público de Precios para la venta del automóvil Renault Megane II, año 2008, dominio HMT 335; en las condiciones en que se encuentra y con un valor de base de $ 3.000.000 (Pesos Tres Millones).
• Artículo 2º. Dispóngase que el mismo quede en exposición, para revisión de los interesados, en el playón interno del Palacio Municipal, en días hábiles, en el horario de 8.00 a 12:00.
• Artículo 3º. Establézcase el día 19 de junio de 2024, a la hora 10:00, como fecha tope para la presentación de ofertas en sobre cerrado, ingresado a través de Mesa de Entrada del Palacio Municipal e identificado de la siguiente manera: CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS – RENAULT MEGANE; conteniendo en su interior datos filiatorios del oferente, propuesta económica y plan de pago.
• Artículo 4º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 23 DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2024.

  • Creado el

RESOLUCIÓN Nº 02-01-0001/24 - Liquidación de ASSAL y uso de espacio público

RESOLUCIÓN Nº 02-01-0001/24

VISTO:
• La necesidad de actualizar y simplificar el sistema de liquidación y cobro de Tasas y Derechos Municipales establecidas en la Ordenanza Tributaria Nº 1701/23, generadas por la actividad económica del contribuyente; y,

CONSIDERANDO:
• Que existe un número considerable de contribuyentes que por su actividad económica le corresponde, además de liquidar mensualmente el Derecho de Registro e Inspección (DReI), abonar también el Derecho de Ocupación del Dominio Público y/o la Tasa de Desarrollo Agroalimentario Local y Regional (ASSAL).
• Que para su pago, estos tres conceptos pueden ser agrupados en un mismo formulario de liquidación mensual.
• Que con ello se contribuye a reducir la carga administrativa y costo operativo al contribuyente y facilita el cobro y control por parte del erario municipal.

POR TODO ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES DELEGADAS POR EL DECRETO Nº 1635/24, SE EMITE LA SIGUIENTE:
R E S O L U C I Ó N
• Artículo 1º. Dispóngase que en un mismo formulario se liquiden mensualmente los conceptos: Derecho de Registro e Inspección (DReI), Derecho de Ocupación del Dominio Público y Tasa de Desarrollo Agroalimentario Local y Regional (ASSAL) para aquellos contribuyentes que por su actividad económica le correspondiere abonar los mismos.
• Artículo 2º. Instrúyase a la Sección Rentas para que en un plazo no mayor a 60 días adapte el sistema informático de liquidación según lo dispuesto en ésta.
• Artículo 3º. Bríndese amplia difusión al implementarse el nuevo sistema de liquidación; con notificaciones al Concejo Municipal, Centro Comercial y Social de Villa Ocampo, otras entidades representativas del sector empresarial, estudios contables y contribuyentes en general comprendidos en esta disposición.
• Artículo 4º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 11 DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 2024.

  • Creado el
  • Padre Angel Tibaldo 1578 – C. P. 3580.

  • (03482) 466300/466398

  • municipalidad@villaocampo.gob.ar