DECRETO Nº 1603/23 - Gestión de recursos del FFE

DECRETO Nº 1603/23
VISTO:
• La partida remanente de $36.000.000 correspondiente a la Municipalidad de Villa Ocampo del Fondo de Financiamiento Educativo (FFE); y

CONSIDERANDO:
• Que con fecha 22 de agosto de 2017 la Municipalidad de Villa Ocampo firmó con el Ministerio de Educación de la Provincia un Convenio de Permiso de Uso de Espacios para el Fortalecimiento Educativo y Cultural, con carácter gratuito de una fracción del inmueble ubicado en intersección de Av. San Martín y Tibaldo, con aval del Concejo Municipal mediante Ordenanza Nº 1397/17.
• Que dicho terreno tiene como único destino emplazar un Centro Cultural Educativo (CCE) que permita desarrollar la creación, formación, participación y generación de distintas actividades educativas, culturales y sociales, sin finalidad de lucro, destinadas a toda la comunidad.
• Que mediante la Licitación Nº 04/18 la Municipalidad de Villa Ocampo adquirió el Proyecto Ejecutivo para la construcción del Centro Cultural Educativo (CCE).
• Que la concreción del CCE conllevará un alto impacto en las relaciones sociales, el desarrollo de la cultura y el fortalecimiento de programas educativos que favorecerá no sólo a los habitantes de la ciudad, sino que también tendrá proyección zonal; ampliando el campo conceptual de las personas.
• Que su realización sería de gran beneplácito para la comunidad, ya que brindaría una posibilidad de desarrollo cultural y educativo con una infraestructura de avanzada, que actualmente no cuenta la micro-región.
• Que por la envergadura del proyecto, la obra debe realizarse por etapas.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A
• Artículo 1º. Gestiónese ante el Gobierno Provincial la partida remanente de $36.000.000 correspondiente a la Municipalidad de Villa Ocampo del Fondo de Financiamiento Educativo (FFE) Año 2023.
• Artículo 2º. Destínese el monto total de dicha partida a la ejecución de la 1º Etapa de la obra del Centro Cultural Educativo (CCE).
• Artículo 3º. Dispóngase las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el presente.
• Artículo 4º. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 19 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2023.

  • Creado el

DECRETO Nº 1602/23 - Cambio de firmantes cuenta bancaria Concejo Municipal

DECRETO Nº 1602/23

VISTO:
• La cuenta corriente Nº 929/00 abierta en Banco de Santa Fe de titularidad de la Municipalidad de Villa Ocampo (Concejo Municipal); y

CONSIDERANDO:
• Que la mencionada cuenta fue creada con el objeto de otorgar autonomía económica financiera al Concejo Municipal.
• Que en la misma se realizan los depósitos que corresponden de acuerdo al presupuesto aprobado por dicho Cuerpo.
• Que, como el Concejo Municipal renueva anualmente sus autoridades, es necesario actualizar los datos de los firmantes en cumplimiento de los fines para los cuales fue habilitada.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A
• Artículo 1º. Procédase al cambio de firmantes para la cuenta corriente Nº 929/00, en el Banco Santa Fe, a nombre de la Municipalidad de Villa Ocampo - Concejo Municipal.
• Artículo 2º. Desígnese como firmantes autorizados de dicha cuenta a:
- Presidente: Analía Susana Bulacio – DNI Nº 28.580.580
- Vicepresidente 1º: Gustavo Enrique Volkart Ansó – DNI Nº 31.6677.053
- Secretaria: Violeta Silvina Cubecino – DNI Nº 26.554.915
La firma será en forma conjunta de dos entre tres.
• Artículo 3º. Comuníquese, publíquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 19 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2023.

MAREGA - MERINO

  • Creado el

DECRETO Nº 1600/23 - Designación Área Legal y Técnica

DECRETO Nº 1600/23

VISTO:
• El inicio del período de gestión de gobierno 2023-2027 en el Departamento Ejecutivo Municipal; y,

CONSIDERANDO:
• Que la Ordenanza Nº 1690/23 establece el organigrama que tendrá la estructura municipal a partir del período de gobierno 2023-2027.
• Que, además, la norma citada determina los lineamientos generales y las funciones a desempeñar por cada Secretaría y las diferentes áreas que conforman la estructura del D.E.M.
• Que, en tal sentido, es necesario designar un funcionario al frente del Área Legal y Técnica de la Municipalidad de Villa Ocampo.
• Que a esta Área le corresponde asistir al Intendente Municipal en lo inherente a:
1. Todo lo relacionado con los asuntos legales y en la adopción e implementación de acciones y gestiones que aseguren la defensa de los intereses del Estado municipal.
2. Prestación de apoyo técnico en la elaboración, planeamiento, seguimiento y en la ejecución de los planes y programas de gobierno.
3. Revisar y analizar los proyectos elaborados por las distintas dependencias o áreas y de las normas aprobadas por el Concejo Municipal a efectos de dictaminar sobre su pertinencia, corrección, procedencia y aplicabilidad y permitan evitar situaciones conflictivas.
4. Crear el Archivo General de la Municipalidad de Villa Ocampo con el objeto de organizar, tecnificar, administrar, conservar, acrecentar y difundir el patrimonio documental y asegurar su accesibilidad para la acción administrativa, la investigación histórica y la información general, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Nº 1677/23.
5. Asesorar en todo lo referente a la función pública municipal, especialmente en lo relativo a la organización y funcionamiento de los órganos administrativos y el diseño, ejecución y seguimiento de acciones correctivas.
6. Asistir en todo lo concerniente al ejercicio de las facultades político-institucionales del Gobierno Municipal; sus relaciones con el Concejo Deliberante y los Gobiernos Federal, Provincial y con otros Municipios; con instituciones públicas y privadas, nacionales o internacionales; y con todo organismo de carácter político, profesional o gremial.
7. Servir de apoyo a las demás áreas por intermedio de sus organismos básicos para un mejor funcionamiento de los objetivos y planes del gobierno municipal.
• Que corresponde designar como titular de esta Área a una persona que acredite cualidades técnicas y profesionales que aseguren su idoneidad para el desempeño de la función.
• Que, por sus antecedentes y su formación profesional, el abogado Eduardo Antonio José reúne las condiciones para desempeñar el cargo.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A
• Artículo 1º. Desígnase al frente del Área Legal y Técnica de la Municipalidad de Villa Ocampo al abogado Eduardo Antonio José, D.N.I. Nº 17.112.027.
• Artículo 2º. Establézcase que la función asignada tenga carácter ad honorem.
• Artículo 3º. Remítase copia al Concejo Municipal para su conocimiento.
• Artículo 4º. Entréguese copia al funcionario designado para su conocimiento y efectos.
• Artículo 5º. Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 12 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2023.

  • Creado el

DECRETO Nº 1601/23 - Declaración de Emergencia Hídrica

DECRETO Nº 1601/23

VISTO:
• El fenómeno meteorológico extraordinario del día de la fecha; y

CONSIDERANDO:
• Que las abundantes y prolongadas precipitaciones han producido anegamientos en todas las calles de la ciudad.
• Que además hicieron colapsar la totalidad de los desagües naturales y canales colectores del casco urbano.
• Que esta situación obligó al intendente municipal a convocar a la Junta Local de Protección Civil, según lo establece la Ordenanza 879/08.
• Que en el ámbito de esa Junta, además de disponer las acciones de asistencia a los damnificados, se resolvió solicitar a la población que se mantenga en sus hogares mientras exista abundante agua en la vía pública, para evitar males mayores.
• Que además, el fenómeno meteorológico también afectó a varios establecimientos escolares, por lo que no se encuentran en condiciones de brindar el normal dictado de clases, ni garantizar la seguridad de sus alumnos y personal escolar.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS:

D E C R E T A
• Artículo 1º. Declárese la Emergencia Hídrica en todo el distrito Villa Ocampo a los efectos de que se brinde la asistencia pertinente a los sectores afectados por el fenómeno meteorológico..
• Artículo 2º. Suspéndase las actividades educativas en las escuelas del distrito Villa Ocampo, en todos sus niveles y modalidades, por el día 14 de diciembre de 2023.
• Artículo 3º. Desarróllense normalmente las actividades en comedores escolares donde las condiciones así lo permitan.
• Artículo 4º. Notifíquese a los directivos escolares de la ciudad y a las autoridades del Ministerio de Educación de la Provincia.
• Artículo 5º. Comuníquese, publíquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 14 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2023.

CRISTIAN MAREGA - JESÚS MERINO

  • Creado el

DECRETO N° 1599/2023 - Designación auxiliar en Deportes

DECRETO N° 1599/2023

VISTO:
• La Ordenanza Nº 1690/23 que regula de funcionamiento de la Administración Municipal.

CONSIDERANDO:
• Que es atribución del Intendente Municipal crear áreas dependientes de las distintas Secretarías del Departamento Ejecutivo Municipal para mejorar su accionar en ámbitos específicos dentro de las funciones generales.
• Que es necesario designar un auxiliar que colabore con el Área de Deportes dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano en las siguientes funciones:
1. Programar y llevar a cabo eventos de recreación y deportes, incentivando a la comunidad en general a la práctica del deporte como hábito de una vida saludable.
2. Acompañar a las instituciones y clubes deportivos en la gestión de aportes económicos y subvenciones en el marco de programas específicos de organismos provinciales y/o nacionales y de organizaciones no gubernamentales, asociaciones o asociaciones civiles.
3. Efectuar y llevar a cabo programas de actividades deportivas y recreativas en los barrios periurbanos y rurales con la participación de las Asociaciones Vecinales y vecinos.
4. Trabajar con la Escuela de Iniciación Deportiva en diferentes categorías y selecciones de equipos municipales en cada disciplina, para participación en torneos locales, regionales, provinciales, nacionales e internacionales.
5. Colaborar en la planificación y ejecución de los clubes de la localidad, desarrollando actividades regulares en dichas infraestructuras.
6. Articular actividades deportivas y recreativas con las organizaciones no gubernamentales.
7. Incentivar a la juventud a la práctica del deporte.
8. Desarrollar e implementar programas deportivos y de recreación para adultos, personas con capacidades diferentes y personas de la tercera edad.
9. Promover la integración funcional entre los programas vigentes del sector y las demás Secretarías.
10. Organizar y coordinar la aplicación de mecanismos para descentralizar y hacer más eficiente el sistema local de deporte y recreación con la participación activa de clubes y asociaciones.
• Que por sus antecedentes y capacidad, la persona adecuada para estar al frente de esta área es la ciudadana Milena Sofía Copetti.

POR TODO ELLO, Y EN EL USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GRAL. OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, DECRETA:

• Artículo 1°) Desígnese como auxiliar en el Área de Deportes, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Villa Ocampo, a la ciudadana Milena Sofía Copetti, titular del DNI Nº 41.359.080.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
• Artículo 3°) Notifíquese al Concejo Municipal.------------------------------------------------------------------------------
• Artículo 4°) Comuníquese, publíquese, regístrese, archívese.-----------------------------------------------------------

Dado en la Municipalidad de Villa Ocampo, a los once días del mes de diciembre del año 2023

CRISTIAN MAREGA - JESÚS MERINO

  • Creado el
  • Padre Angel Tibaldo 1578 – C. P. 3580.

  • (03482) 466300/466398

  • municipalidad@villaocampo.gob.ar