La Municipalidad de Villa Ocampo informa a la comunidad que, según lo dispuesto por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe a través del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2025 inclusive regirá la veda para la pesca comercial y deportiva del surubí pintado (Pseudoplatystoma corruscans) y del surubí atigrado o rollizo (Pseudoplatystoma fasciatum).
Durante este período estará prohibida la captura, acopio, transporte y comercialización de ejemplares de estas especies en todo el territorio provincial, incluyendo el distrito Villa Ocampo.
Asimismo, se recuerda que continúan vigentes las restricciones permanentes para otras especies emblemáticas de nuestros ríos.
El dorado solo puede pescarse en modalidad deportiva con devolución obligatoria, conforme a la Ley N.º 12.722.
La pesca del pacú y del manguruyú permanece prohibida de forma permanente, tanto en modalidad comercial como deportiva, según la Resolución N.º 162/05.
Respetar la veda resulta fundamental para proteger el ciclo reproductivo de las especies, conservar la biodiversidad y garantizar la continuidad de la actividad pesquera.
La Municipalidad de Villa Ocampo se suma al llamado del Gobierno Provincial e invita a pescadores, comerciantes y a toda la ciudadanía a cumplir con esta normativa y colaborar en el cuidado de nuestros recursos naturales y ecosistemas acuáticos, reafirmando el compromiso conjunto con la sostenibilidad ambiental.