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RESOLUCION Nº 02-03-04/24 - Concurso de Precios CCE

RESOLUCION Nº 02-03-04/24

VISTO:

Que con fecha 30 de Mayo de 2024 esta Municipalidad procedió a la apertura de sobres del CONCURSO PRECIOS Nº 1312/2024; para la adquisición de MATERIALES DE CONSTRUCCION para el CENTRO CULTURAL EDUCATIVO;

CONSIDERANDO:
Que al mencionado concurso se han invitado a las empresas UNION AGRICOLA DE AVELLANEDA C.L, ELIAS YAPUR SA, CORRALON 9 DE JULIO S.R.L, BULACIO SIMON, RANO ERNESTO;
Que al mencionado se han presentado las firmas, UNION AGRICOLA DE AVELLANEDA C.L, ELIAS YAPUR S.A Y CORRALON 9 DE JULIO S.R.L, BULACIO SIMON cuyas ofertas son detalladas en la planilla comparativa que se adjuntan y forma parte del presente;
Que de un análisis de la mencionada planilla surge la conveniencia de adquirir a las firmas, BULACIO SIMON, ELIAS YAPUR S.A, UNION AGRICOLA DE AVELLANEDA COOP. LIM., los productos del llamado a concurso en razón de haber sido las ofertas más convenientes para el municipio y cumplen con las especificaciones requeridas.-

Por ello y en uso de sus facultades legales
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA OCAMPO
RESUELVE

ARTICULO 1º: Realizar la adjudicación a favor de las firmas BULACIO SIMON, ELIAS YAPUR S.A., UNION AGRICOLA DE AVELLANEDA C.L, en razón de haber sido las propuestas económicas más conveniente para el municipio y cumplen con los requisitos establecidos.-
ARTICULO 2º: Los gastos de la presente erogación se imputaran a la cuenta “CENTRO CULTURAL” del presupuesto de Erogaciones año 2024
ARTICULO 3º: Regístrese y Archívese
Dada en la intendencia Municipalidad de la ciudad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado, Provincia de santa fe, a los 03 días del mes de Junio del año 2024

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RESOLUCION Nº 02-03-05/24 - Concurso de Precios CCE

RESOLUCION Nº 02-03-05/24

VISTO:

Que con fecha 30 de Mayo de 2024 esta Municipalidad procedió a la apertura de sobres del CONCURSO PRECIOS Nº 1312/2024; para la adquisición de HORMIGON ELABORADO H-21 para el CENTRO CULTURAL EDUCATIVO;

CONSIDERANDO:
Que al mencionado concurso se han invitado a las empresas UNION AGRICOLA DE AVELLANEDA C.L, ELIAS YAPUR SA, CORRALON 9 DE JULIO S.R.L;
Que al mencionado se han presentado las firmas, UNION AGRICOLA DE AVELLANEDA C.L, ELIAS YAPUR S.A Y CORRALON 9 DE JULIO S.R.L, cuyas ofertas son detalladas en la planilla comparativa que se adjuntan y forma parte del presente;
Que de un análisis de la mencionada planilla surge la conveniencia de adquirir a la firma, CORRALON 9 DE JULIO S.R.L, el producto del llamado a concurso en razón de ser la oferta más conveniente para el municipio y cumple con las especificaciones requeridas.-

Por ello y en uso de sus facultades legales
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA OCAMPO
RESUELVE

ARTICULO 1º: Realizar la adjudicación a favor de CORRALON 9 DE JULIO S.R.L, en razón de haber sido la propuesta económica más conveniente para el municipio y cumple con los requisitos establecidos.-
ARTICULO 2º: Los gastos de la presente erogación se imputaran a la cuenta “CENTRO CULTURAL” del presupuesto de Erogaciones año 2024
ARTICULO 3º: Regístrese y Archívese
Dada en la intendencia Municipalidad de la ciudad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado, Provincia de santa fe, a los 03 días del mes de Junio del año 2024

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RESOLUCIÓN Nº 01-0004/24 - Concurso de Precios venta automóvil Renault Megane II

RESOLUCIÓN Nº 01-0004/24

VISTO:
• La necesidad de poner a la venta el automóvil Renault Megane II, año 2008, dominio HMT 335; y,

CONSIDERANDO:
• Que mediante la Ordenanza Nº 1083/11 se autorizó al Ejecutivo Municipal a enajenar el mencionado vehículo.
• Que, no obstante ello, el mismo continuó prestando servicios a distintas áreas del municipio.
• Que actualmente cumplió su vida útil y resulta inconveniente económica y técnicamente seguir manteniéndolo.
• Que corresponde ponerlo a la venta en las condiciones en que se encuentra, mediante el sistema de Concurso Público de Precios; con valor de base y presentación de propuestas a través de sobres cerrados.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS, EMITE LA SIGUIENTE:

R E S O L U C I Ó N

• Artículo 1º. Ábrase el Concurso Público de Precios para la venta del automóvil Renault Megane II, año 2008, dominio HMT 335; en las condiciones en que se encuentra y con un valor de base de $ 3.000.000 (Pesos Tres Millones).
• Artículo 2º. Dispóngase que el mismo quede en exposición, para revisión de los interesados, en el playón interno del Palacio Municipal, en días hábiles, en el horario de 8.00 a 12:00.
• Artículo 3º. Establézcase el día 19 de junio de 2024, a la hora 10:00, como fecha tope para la presentación de ofertas en sobre cerrado, ingresado a través de Mesa de Entrada del Palacio Municipal e identificado de la siguiente manera: CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS – RENAULT MEGANE; conteniendo en su interior datos filiatorios del oferente, propuesta económica y plan de pago.
• Artículo 4º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 23 DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2024.

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RESOLUCION Nº 02-03- 003/24 - Concurso de Precios Comedores

RESOLUCION Nº 02-03- 003/24

VISTO:

Que con fecha 24 de MAYO de 2024 esta Municipalidad procedió a la apertura del CONCURSO DE PRECIOS Nº1310/2024 para la adquisición de MERCADERIAS PARA BOLSONES MAYO 2024 y;

CONSIDERANDO:

Que al mencionado Concurso de Precios se ha presentado la firma COPETTI MARCELO, cuya oferta es detallada en la planilla comparativa que se adjunta y forma parte del presente.

Que de un análisis de la mencionada planilla surge la conveniencia de adquirir a la firma COPETTI MARCELO, los productos objetos del llamado a concurso en razón de ser la única oferta del llamado a concurso y habiéndose verificado la razonabilidad de la misma.-

Por ello, y en uso de sus facultades legales
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA OCAMPO

R E S U E L V E

ARTICULO 1º) Adjudicar el CONCURSO DE PRECIOS:
Nº1310/24 BOLSONES a la firma: COPETTI MARCELO
De fecha 24 DE MAYO de 2024, a razón de HABER PRESENTADO MEJOR PRECIO.

ARTICULO 2º) Los gastos de la presente erogación se imputarán a CUENTA COMEDORES INFANTILES del Presupuesto de Erogaciones año 2024--------------------------------------------

ARTICULO 3º) Regístrese y Archívese-------------------------------------------------------------------
Dada en la Intendencia Municipal de la Ciudad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado, Provincia de Santa fe, a los 24 días del mes de MAYO del año 2024.---------

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RESOLUCIÓN Nº 01-0003/24 - Rechaza Recurso de Reconsideración designación responsable de las castraciones

RESOLUCIÓN Nº 01-0003/24

VISTO:
• El Recurso de Reconsideración presentado el 29/4/2024 por los concejales Gustavo Volkart y María Belén Zoloaga contra el Decreto Municipal N° 1638/24 referido a la designación del agente municipal Duilio Bled como profesional responsable de la Campaña 2024 del Programa Municipal de Equilibrio Poblacional de Perros y Gatos.; y,

CONSIDERANDO:
• Que sin entrar a analizar el fondo de la cuestión, los concejales no tienen legitimación para plantear un recurso de reconsideración, pues no son afectados por la normativa que atacan. Así lo ha entendido la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, en la causa Romero c/ Municipalidad del Trébol (23/5/2021), al decir: “No puede sostenerse la tesis del actor que asegura contar con suficiente legitimación para interponer recurso contencioso de ilegitimidad contra una decisión municipal por detentar el cargo de concejal de la misma municipalidad, porque ello no encuentra sustento en el carácter representativo que tiene la función de gobierno. Antes bien, es claro que las atribuciones para el cargo para el que fue elegido se encuentran enmarcadas por la Constitución provincial en general y por la Ley Nº 2756 en particular”.
• Que, no surge de la letra de la ley ni de su interpretación armónica que los concejales tengan facultades suficientes para atacar un acto de otro poder del Estado, que no sea mediante los mecanismos institucionales como la citación, pedidos de informe, minutas, etcétera, que dispone el cuerpo legal que sustenta el desenvolvimiento del órgano legislativo local.
• Que, si bien la ley se reputa conocido por todos (Art. 8º, Código Civil y Comercial), una diligencia mayor se espera de aquellas personas que la ciudadanía ha elegido para representarlos justamente en un órgano encargado de formular la normativa que rige sus vidas y sus conductas.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS, EMITE LA SIGUIENTE:

R E S O L U C I Ó N

• Artículo 1º. Rechácese el Recurso de Reconsideración presentado el 29/4/2024 por los concejales Gustavo Volkart y María Belén Zoloaga contra Decreto Nº 1638/24, por carecer los presentantes de legitimación legal para su interposición.
• Artículo 2º. Envíese copia al Concejo Municipal para su conocimiento y efecto.
• Artículo 3º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 14 DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2024.

  • Creado el
  • Padre Angel Tibaldo 1578 – C. P. 3580.

  • (03482) 466300/466398

  • municipalidad@villaocampo.gob.ar