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RESOLUCION Nº 02-03- 003/24 - Concurso de Precios Comedores

RESOLUCION Nº 02-03- 003/24

VISTO:

Que con fecha 24 de MAYO de 2024 esta Municipalidad procedió a la apertura del CONCURSO DE PRECIOS Nº1310/2024 para la adquisición de MERCADERIAS PARA BOLSONES MAYO 2024 y;

CONSIDERANDO:

Que al mencionado Concurso de Precios se ha presentado la firma COPETTI MARCELO, cuya oferta es detallada en la planilla comparativa que se adjunta y forma parte del presente.

Que de un análisis de la mencionada planilla surge la conveniencia de adquirir a la firma COPETTI MARCELO, los productos objetos del llamado a concurso en razón de ser la única oferta del llamado a concurso y habiéndose verificado la razonabilidad de la misma.-

Por ello, y en uso de sus facultades legales
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA OCAMPO

R E S U E L V E

ARTICULO 1º) Adjudicar el CONCURSO DE PRECIOS:
Nº1310/24 BOLSONES a la firma: COPETTI MARCELO
De fecha 24 DE MAYO de 2024, a razón de HABER PRESENTADO MEJOR PRECIO.

ARTICULO 2º) Los gastos de la presente erogación se imputarán a CUENTA COMEDORES INFANTILES del Presupuesto de Erogaciones año 2024--------------------------------------------

ARTICULO 3º) Regístrese y Archívese-------------------------------------------------------------------
Dada en la Intendencia Municipal de la Ciudad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado, Provincia de Santa fe, a los 24 días del mes de MAYO del año 2024.---------

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RESOLUCIÓN Nº 01-0004/24 - Concurso de Precios venta automóvil Renault Megane II

RESOLUCIÓN Nº 01-0004/24

VISTO:
• La necesidad de poner a la venta el automóvil Renault Megane II, año 2008, dominio HMT 335; y,

CONSIDERANDO:
• Que mediante la Ordenanza Nº 1083/11 se autorizó al Ejecutivo Municipal a enajenar el mencionado vehículo.
• Que, no obstante ello, el mismo continuó prestando servicios a distintas áreas del municipio.
• Que actualmente cumplió su vida útil y resulta inconveniente económica y técnicamente seguir manteniéndolo.
• Que corresponde ponerlo a la venta en las condiciones en que se encuentra, mediante el sistema de Concurso Público de Precios; con valor de base y presentación de propuestas a través de sobres cerrados.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS, EMITE LA SIGUIENTE:

R E S O L U C I Ó N

• Artículo 1º. Ábrase el Concurso Público de Precios para la venta del automóvil Renault Megane II, año 2008, dominio HMT 335; en las condiciones en que se encuentra y con un valor de base de $ 3.000.000 (Pesos Tres Millones).
• Artículo 2º. Dispóngase que el mismo quede en exposición, para revisión de los interesados, en el playón interno del Palacio Municipal, en días hábiles, en el horario de 8.00 a 12:00.
• Artículo 3º. Establézcase el día 19 de junio de 2024, a la hora 10:00, como fecha tope para la presentación de ofertas en sobre cerrado, ingresado a través de Mesa de Entrada del Palacio Municipal e identificado de la siguiente manera: CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS – RENAULT MEGANE; conteniendo en su interior datos filiatorios del oferente, propuesta económica y plan de pago.
• Artículo 4º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 23 DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2024.

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RESOLUCION Nº 02-03-002/24 - Concurso de Precios Comedores

RESOLUCION Nº 02-03-002/24

VISTO:

Que con fecha 06 de Mayo de 2024 esta Municipalidad procedió a la apertura del CONCURSO DE PRECIOS Nº 1304-1305-1306-1307-1308-1309-1310/2024; para la adquisición de MERCADERIAS PARA COMEDORES INFANTILES MAYO (mercadería en general, verduras, frutas, pollo, carnes, pan, artículos de limpieza, bolsones) y;

CONSIDERANDO:
Que al mencionado Concurso de Precios se han presentado las firmas, EL BUEN GUSTO, TELIO CLARA, YACCUZZI DISTRIBUCIONES S.R.L, BOLL MARIA CRISTINA, BOSCH OMAR, PICCOLI MARIO, STURON RENE, ESPINDOLA JORGE, VELAZQUEZ CLAUDIA, cuyas ofertas son detalladas en la planilla comparativa que se adjuntan y forma parte del presente;
Que de un análisis de la mencionada planilla surge la conveniencia de adquirir a la firma, EL BUEN GUSTO, YACCUZZI DISTRIBUCIONES S.R.L., ESPINDOLA JORGE, BOLL MARIA CRISTINA, ORTIZ MARIA ROSA, TELIO CLARA, VELAZQUEZ CLAUDIA, PICCOLI MARIO, los productos del llamado a concurso en razón de ser la única oferta del llamado a concurso y habiéndose verificado la razonabilidad de la oferta presentada.-

Por ello y en uso de sus facultades legales
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA OCAMPO
RESUELVE

ARTICULO 1º: Adjudicación el CONCURSO DE PRECIOS
Nº 1304/24 verduras y frutas a la firma: EL BUEN GUSTO, PICCOLI MARIO;
Nº 1305/24 artículos de limpieza a la firma; EL BUEN GUSTO, TELIO CLARA, YACCUZZI DISTRIBUCIONES S.R.L.;
Nº 1306/24 pollo a la firma; EL BUEN GUSTO, BOLL MARIA CRISTINA;
Nº 1307/24 mercadería en general a la firma; EL BUEN GUSTO; YACCUZZI DISTRIBUCIONES S.R.L;
Nº 1308/24 pan a la firma; BOSCH OMAR;
Nº 1309/24 carne a la firma; EL BUEN GUSTO, ESPINDOLA JORGE, VELAZQUEZ CLAUDIA;
De fecha 06 de MAYO de 2024, a razón de HABER PRESENTADO MEJOR PRECIO
ARTICULO 2º: Los gastos de la presente erogación se imputaran a la cuenta COMEDORES INFANTILES del presupuesto de Erogaciones año 2024
ARTICULO 3º: Regístrese y Archívese
Dada en la intendencia Municipalidad de la ciudad de Villa Ocampo, Departamento General Obligado, Provincia de santa fe, a los 06 días del mes de Mayo del año 2024

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RESOLUCIÓN Nº 01-0003/24 - Rechaza Recurso de Reconsideración designación responsable de las castraciones

RESOLUCIÓN Nº 01-0003/24

VISTO:
• El Recurso de Reconsideración presentado el 29/4/2024 por los concejales Gustavo Volkart y María Belén Zoloaga contra el Decreto Municipal N° 1638/24 referido a la designación del agente municipal Duilio Bled como profesional responsable de la Campaña 2024 del Programa Municipal de Equilibrio Poblacional de Perros y Gatos.; y,

CONSIDERANDO:
• Que sin entrar a analizar el fondo de la cuestión, los concejales no tienen legitimación para plantear un recurso de reconsideración, pues no son afectados por la normativa que atacan. Así lo ha entendido la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, en la causa Romero c/ Municipalidad del Trébol (23/5/2021), al decir: “No puede sostenerse la tesis del actor que asegura contar con suficiente legitimación para interponer recurso contencioso de ilegitimidad contra una decisión municipal por detentar el cargo de concejal de la misma municipalidad, porque ello no encuentra sustento en el carácter representativo que tiene la función de gobierno. Antes bien, es claro que las atribuciones para el cargo para el que fue elegido se encuentran enmarcadas por la Constitución provincial en general y por la Ley Nº 2756 en particular”.
• Que, no surge de la letra de la ley ni de su interpretación armónica que los concejales tengan facultades suficientes para atacar un acto de otro poder del Estado, que no sea mediante los mecanismos institucionales como la citación, pedidos de informe, minutas, etcétera, que dispone el cuerpo legal que sustenta el desenvolvimiento del órgano legislativo local.
• Que, si bien la ley se reputa conocido por todos (Art. 8º, Código Civil y Comercial), una diligencia mayor se espera de aquellas personas que la ciudadanía ha elegido para representarlos justamente en un órgano encargado de formular la normativa que rige sus vidas y sus conductas.

POR TODO ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LES SON PROPIAS, EMITE LA SIGUIENTE:

R E S O L U C I Ó N

• Artículo 1º. Rechácese el Recurso de Reconsideración presentado el 29/4/2024 por los concejales Gustavo Volkart y María Belén Zoloaga contra Decreto Nº 1638/24, por carecer los presentantes de legitimación legal para su interposición.
• Artículo 2º. Envíese copia al Concejo Municipal para su conocimiento y efecto.
• Artículo 3º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 14 DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2024.

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RESOLUCIÓN Nº 02-01-0001/24 - Liquidación de ASSAL y uso de espacio público

RESOLUCIÓN Nº 02-01-0001/24

VISTO:
• La necesidad de actualizar y simplificar el sistema de liquidación y cobro de Tasas y Derechos Municipales establecidas en la Ordenanza Tributaria Nº 1701/23, generadas por la actividad económica del contribuyente; y,

CONSIDERANDO:
• Que existe un número considerable de contribuyentes que por su actividad económica le corresponde, además de liquidar mensualmente el Derecho de Registro e Inspección (DReI), abonar también el Derecho de Ocupación del Dominio Público y/o la Tasa de Desarrollo Agroalimentario Local y Regional (ASSAL).
• Que para su pago, estos tres conceptos pueden ser agrupados en un mismo formulario de liquidación mensual.
• Que con ello se contribuye a reducir la carga administrativa y costo operativo al contribuyente y facilita el cobro y control por parte del erario municipal.

POR TODO ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES DELEGADAS POR EL DECRETO Nº 1635/24, SE EMITE LA SIGUIENTE:
R E S O L U C I Ó N
• Artículo 1º. Dispóngase que en un mismo formulario se liquiden mensualmente los conceptos: Derecho de Registro e Inspección (DReI), Derecho de Ocupación del Dominio Público y Tasa de Desarrollo Agroalimentario Local y Regional (ASSAL) para aquellos contribuyentes que por su actividad económica le correspondiere abonar los mismos.
• Artículo 2º. Instrúyase a la Sección Rentas para que en un plazo no mayor a 60 días adapte el sistema informático de liquidación según lo dispuesto en ésta.
• Artículo 3º. Bríndese amplia difusión al implementarse el nuevo sistema de liquidación; con notificaciones al Concejo Municipal, Centro Comercial y Social de Villa Ocampo, otras entidades representativas del sector empresarial, estudios contables y contribuyentes en general comprendidos en esta disposición.
• Artículo 4º. Regístrese, comuníquese y archívese.

DADO EN LA CIUDAD DE VILLA OCAMPO, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 11 DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 2024.

  • Creado el
  • Padre Angel Tibaldo 1578 – C. P. 3580.

  • (03482) 466300/466398

  • municipalidad@villaocampo.gob.ar